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1310.3 Definiciones.

Agencia según se usa en este reglamento, se refiere a Head Start, Early Head Start o una agencia delegada, a menos que se designe de otra manera.

Agencia delegada es una agencia local pública o privada, con o sin fines de lucro, a la cual una agencia Head Start o de Early Head Start ha delegado toda o parte de su responsabilidad para la administración de un programa Head Start.

Agencia de Early Head Start es una agencia o agencia delegada pública o privada, con o sin fines de lucro, que opera un programa de Early Head Start según la Sec. 645A de la Ley de Head Start.

Agencia de Head Start es una agencia pública o privada, con o sin fines de lucro, que haya sido designada para administrar un programa Head Start según la Sec. 641 de la Ley de Head Start.

Agencia que presta servicios de transporte es una agencia que presta servicios de transporte directamente, o a través de un acuerdo con un proveedor de transporte público o privado, a niños matriculados en su programa Head Start o de Early Head Start.

Autobús escolar es un vehículo de motor diseñado para el transporte de 11 ó más personas (incluyendo el conductor) que cumple las Normas Federales de Seguridad para Vehículos de Motor aplicables a los autobuses escolares.

Cortador de cinturón de seguridad es el instrumento especial que puede usarse en una emergencia para cortar rápidamente los cinturones de seguridad utilizados en vehículos de acuerdo a los sistemas de sujeción infantil.

Estado se refiere a cualquiera de los estados de los Estados Unidos, el Distrito de Columbia, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, cualquier territorio o posesión de los Estados Unidos o cualquier agencia o entidad del estado, exclusivo de los gobiernos locales.

Licencia de conductor comercial (CDL) es la licencia o permiso otorgado por el estado u otra jurisdicción que autoriza a una persona a administrar una clase de vehículo de motor comercial, de acuerdo con las normas contenidas en 49 CFR, parte 383, a una persona que autoriza a la persona a operar vehículos de motor comerciales.

Monitor de autobuses es la persona con responsabilidades específicas para ayudar al conductor, garantizar la seguridad de los niños mientras son transportados, abordan o salen del vehículo y ayudar al conductor en caso de emergencia.

Normas Federales de Seguridad para Vehículos de Motor (FMVSS, por sus siglas en inglés) se refiere a las normas de la Administración Nacional de Seguridad del Tránsito en Carreteras (NHTSA) para los vehículos de motor y el equipo de los vehículos de motor (49 CFR parte 571) establecidas conforme a la Sec. 30111 del Título 49 del Código de los Estados Unidos.

Normas Nacionales para Autobuses Escolares y Operaciones de Autobuses Escolares se refiere a las recomendaciones de la Undécima Conferencia Nacional de Transporte Escolar celebrada en mayo de 1990 y publicadas por el Consejo Nacional de Seguridad en Chicago, Illinois.

Notificador de marcha atrás es un dispositivo que activa automáticamente una alarma intermitente cuando el vehículo da marcha atrás.

Programa de Early Head Start se refiere al programa de servicios ofrecidos por una agencia de Early Head Start que recibe fondos conforme a la Ley de Head Start.

Programa Head Start se refiere al programa de servicios ofrecidos por una agencia Head Start o agencia delegada que recibe financiación conforme a la Ley de Head Start.

Registro Nacional de Conductores es un sistema automatizado de la Administración Nacional de Seguridad de Tráfico en Carreteras (NHTSA, por sus siglas en inglés) que ayuda a los funcionarios estatales, a cargo de las licencias de conducir, a obtener información sobre el historial de personas cuyas solicitudes de licencia han sido denegadas, han tenido sus licencias canceladas, revocadas o suspendidas con causa justificada, o han sido convictos de ciertos delitos graves de tránsito.

Ruta del recorrido significa la determinación de las rutas fijas que se llevan a cabo de forma regular con el propósito de transportar a los niños desde y a programas y actividades de Head Start o Early Head Start.

Ruta fija se refiere a la determinación de las rutas fijas que se recorren normalmente para transportar a los niños, ida y vuelta, al programa Head Start o de Early Head Start o a actividades del programa y que incluyen paradas específicamente designadas donde los niños se suben o bajan del vehículo.

Servicios de transporte se refiere al transporte planificado para niños, ida y vuelta, a los centros donde una agencia ofrece servicios subvencionados conforme a la Ley de Head Start. Los servicios de transporte pueden abarcar la recogida y entrega de los niños en sitios predeterminados a una hora programada, incluyendo los recorridos entre los hogares de los niños y los establecimientos en los que se ofrece el programa. Este término también se refiere a los servicios proporcionados directamente por el concesionario o la agencia delegada de Head Start o de Early Head Start y a los servicios ofrecidos por otras organizaciones o personas en acuerdo con estas agencias. Los recorridos incidentales u ocasionales, como el transporte de un niño enfermo a su casa antes del final del día, o aquellos que se requieran para transportar a pequeños grupos de niños, ida y vuelta, a servicios esenciales, no se incluyen en este término.

Sistema de sujeción infantil es cualquier dispositivo cuyo propósito es restringir, sentar o mantener en posición a niños que cumple los requisitos de la Norma Federal de Seguridad para Vehículos de Motor número 213, Sistemas para la Sujeción del Niño, 49 CFR 571.213, para los niños en la clasificación por peso, establecida conforme al reglamento o cualquier aparato diseñado para sujetar, sentar o colocar a los niños, que no sea un cinturón tipo I como se define en 49 CFR 571.209 para los niños que no se encuentran en la categoría de peso que está actualmente establecida conforme a 49 CFR 571.213,

Vehículo alterno permitido es un vehículo diseñado para el transporte de once o más personas, incluyendo el conductor, y que cumple todas las Normas Federales de Seguridad para Vehículos de Motor aplicables a autobuses escolares excepto 49 CFR 571.108 y 571.131.

[66 FR 5311, 18 de enero de 2001, enmendada en 71 FR 58535, 4 de octubre de 2006]

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