|
ACF
Administration for Children and Families
|
U.S. DEPARTMENT OF HEALTH AND HUMAN SERVICES
|
| 1. Núm. ACF-PI-HS-08-02 |
2. Fecha de emisión: 4/14/2008 |
| 3. Oficina originaria: Office of Head Start |
| 4. Palabras clave: Verificación de antecedentes |
INSTRUCCIÓN DEL PROGRAMA:
PARA: Los concesionarios y agencias delegadas de Head Start/Early Head Start
TEMA: Verificación de antecedentes
INSTRUCCIÓN:
Como saben, el 12 de diciembre de 2007, el Presidente firmó una propuesta de ley reautorizando el Programa Head Start. La sección 648A (g) de la nueva Ley de Head Start requiere que antes de que una agencia Head Start contrate a una persona, deberá--
(1) entrevistar a esa persona;
(2) verificar las referencias profesionales y personales provistas por esa persona; y
(3) obtener--
(A) una verificación de los antecedentes penales a nivel estatal, local, tribal o federal que cubran todas las jurisdicciones en las que ese concesionario entrega servicios a niños de Head Start;
(B) una verificación de los antecedentes penales a nivel estatal, local, tribal y federal, según lo requiere la ley de la jurisdicción donde el concesionario entrega servicios de Head Start; o
(C) una verificación de los antecedentes penales según lo requieran las leyes federales.
(Estos requisitos son muy parecidos a los requisitos reglamentarios actuales que figuran en 45 CFR parte 1301.31(b)).
A pesar del nuevo requisito estatutario y el antiguo requisito reglamentario, Office of Head Start ha comprobado mediante las revisiones que varios programas Head Start no han verificado los antecedentes de una parte o todo el personal de Head Start. Se exige a cada programa Head Start que confirme que se verifican los antecedentes de todos los empleados de Head Start. Si hay algún empleado a quien no se le hayan verificado sus antecedentes, el programa Head Start deberá hacerlo de inmediato. Si se descubre que algún concesionario Head Start no ha realizado una verificación de los antecedentes a todos sus empleados permanentes, se designará a ese concesionario como “deficiente”.
Head Start entrega servicios a los niños más vulnerables de nuestro país. Por lo tanto, todos los programas Head Start tienen la obligación y el deber de garantizar que no se contrate a personas que podrían representar una amenaza a la seguridad de los niños matriculados, sino que contraten a las personas más idóneas para trabajar con los niños pequeños y sus familias.
Rogamos que dirija sus preguntas acerca de esta Instrucción del Programa a su Oficina Regional de OHS.
/s/
Patricia E. Brown
Directora en Funciones
Office of Head Start