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ACF
Administration for Children and Families
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U.S. DEPARTMENT
OF HEALTH AND HUMAN
SERVICES
Administration on Children, Youth
and Families
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1. Núm. ACYF-IM-HS-04-07 |
2. Fecha de emisión: 12/02/04 |
| 3. Oficina originaria: Office of Head Start |
| 4. Palabras clave: Requisitos económicos |
MEMORÁNDUM DE INFORMACIÓN
PARA:
Los concesionarios y agencias delegadas de Head Start y Early Head Start
TEMA: Requisitos respecto a los ingresos familiares
INFORMACIÓN:
Este Memorándum de Información les recuerda a los programas la
importancia de matricular a los niños cuyos ingresos familiares cumplen los
requisitos económicos para ingresar a Head Start.
En el año fiscal 2004, el Head Start Bureau realizó un
estudio acerca de la elegibilidad con respecto a los ingresos. Se eligió
una muestra de 50 centros de Head Start para determinar hasta qué punto
cumplían con los requisitos de los ingresos familiares, conforme a los reglamentos
de 45 CFR Parte 1305.4. En éste se requiere que:
- Por lo menos el 90 por ciento de los
niños matriculados en el programa Head Start deben ser de familias
de bajos ingresos. (Bajo ciertas condiciones, este número puede
ser sólo un 51 por ciento, en los centros operados por tribus
indias.)
- El ingreso familiar debe ser verificado
por el centro Head Start antes de determinarse que un niño cumple
los requisitos para participar en el programa.
- La verificación debe incluir un análisis
de cualquiera de los siguientes documentos: El formulario 1040 de
declaración de los impuestos sobre la renta individual, planillas
W-2, talones de pagos, sobres de pagos, declaraciones de los
empleadores o documentación que muestra el estado actual con
respecto a la asistencia pública.
- Hay que mantener una aseveración, firmada por un empleado del programa Head Start,
afirmando que se han verificado los ingresos familiares e indicar cuál de estos
documentos se ha estudiado y por lo que el niño o niña cumple los requisitos para
participar en el programa.
El estudio concluyó que casi la mitad de los concesionarios que participaron en la revisión
no cumplían estos requisitos reguladores. En 22 de los 50 centros que se estudiaron, más del
10 por ciento de los niños (o más de 49 por ciento en los programas tribales) no cumplían
los criterios económicos para el ingreso en Head Start.
Calculando a partir de estos resultados, estimamos que, en nivel nacional, Head Start está
entregando servicios a un 3.9 por ciento más de familias que tienen ingresos superiores a lo
permitido por el reglamento (es decir, hubo un 3.9 por ciento de las familias por encima de
los límites económicos permitidos de 10 por ciento o un 49 por ciento)
Y lo que es más, muchos concesionarios, incluso los que no sobrepasaban el límite del
10 por ciento de niños con ingresos superiores al nivel aceptable, no siempre tenían la
documentación necesaria en los archivos de los niños matriculados. Concretamente, la
declaración firmada del empleado de Head Start, mencionado anteriormente,
no se hallaba en ninguno de los expedientes de los niños que formaban parte del estudio
en 24 de los 50 concesionarios visitados.
En el comienzo de las revisiones que tendrán lugar este año, estamos notificando a
todos los jefes de equipo y examinadores del PRISM, que deben analizar un número razonable de
expedientes de los niños matriculados en cada centro estudiado, para determinar
si el concesionario está cumpliendo o no con los requisitos económicos familiares
del programa Head Start. A los concesionarios que no estén implementando correctamente
los requisitos de la Parte 1305.4 se les caracterizará como programas que no cumplen
las normas o como deficientes.
Head Start se ha centrado siempre en la entrega de servicios integrales de la primera
infancia para los niños que provienen de familias con bajos ingresos. Todavía existen
cientos de miles de tales familias que no pueden inscribir a sus hijos en Head Start. Les
instamos a analizar sus prácticas de reclutamiento y matrícula de niños para verificar
que estén llegando a los niños que cumplen los requisitos para recibir
los servicios, y que los fondos que ustedes reciben se usen para ellos, en
conformidad con los requisitos de la Parte 1305.
Les alentamos a colaborar con su especialista T/TA local si necesita ayuda en el área de
elegibilidad económica. Por favor, no dude de ponerse en contacto con la
Oficina Regional si tuviera alguna pregunta al respecto.
Atentamente,

Windy M. Hill
Subdirectora General
Head Start Bureau