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ACYF
Administration for Children, Youth and Families
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U.S. DEPARTMENT
OF HEALTH AND HUMAN
SERVICES
Administration for Children
and Familes |
| 1. Núm. ACYF-PI-HS-06-02 |
2.
Fecha de emisión: 01/31/2006 |
| 3. Oficina originaria: Head Start Bureau |
| 4. Palabras clave: Disponibilidad de
fondos para Head Start en el Año Fiscal (AF) 2006 |
INSTRUCCIÓN DEL PROGRAMA:
PARA:
Los concesionarios
y agencias
delegadas de Head Start y Early Head Start
TEMA:
Disponibilidad de fondos para Head Start en el Año Fiscal (AF)
2006
INSTRUCCIÓN:
El 30 de diciembre de 2005, el Presidente
firmó la Ley de Asignaciones para los Departamentos de Trabajo,
Salud y Servicios Humanos, Educación y Agencias Afines, 2006 (Ley
Pública) (P.L) 109-149), en el que se indica que los fondos
disponibles para Head Start en el Año Fiscal 2006 son los mismos que
en el AF 2005. El mismo día, el Presidente firmó también la Ley de
Asignaciones para la Defensa (P.L. 109-148), la cual tiene dos
disposiciones que afectan el nivel de los fondos para Head Start en
el AF 2006.
La primera disposición en la Ley de Asignaciones para la Defensa
que afecta a Head Start es una reducción global del uno por ciento
en el nivel de fondos, en prácticamente todos los programas
discrecionales para el AF 2006. Dicha reducción tendrá como
consecuencia que todos los concesionarios de Head Start reciban un
uno por ciento menos que sus fondos asignados para el AF 2006. Su
Oficina Regional del ACF (Administration for Children and Families)
le notificará cuál será su nueva asignación para el AF 2006. A
cualquier concesionario que ya haya recibido fondos completos en el
AF 2006 se le otorgará una nueva subvención que muestre la cantidad
reducida. La reducción del uno por ciento será implementada en CANS
4122 y 4125. Las asignaciones para la Capacitación y/o Asistencia
Técnica (T/TA) no serán reducidas, puesto que dichas reducciones
obligatorias se harán para los proyectos de T/TA patrocinados por el
Head Start Bureau. Le rogamos que dirija cualquier pregunta acerca
de esta cuestión a su Oficina Regional de ACF.
La segunda disposición en esta Ley suministra $90 millones a Head
Start, a título excepcional, como fondo de socorro a causa de los
huracanes.
Estos fondos de emergencia se usarán para atender a los niños
desplazados por los huracanes Katrina y Rita en el Golfo de México
del pasado verano y a renovar las instalaciones dañadas por dichos
huracanes en la medida en que el Federal Emergency Management Agency
(FEMA) y las compañías de seguros no cubran totalmente dichos
costos.
Los concesionarios que atienden a los niños y las familias
desplazadas pueden solicitar fondos para cubrir los gastos por
atender a dichas familias, en el período desde el 1 de enero de
2006, hasta el final del año programático actual.
(Los fondos por atender a los niños evacuados antes del 1 de
enero de 2006 fue un tema tratado en el Memorándum de Información
del 7 de septiembre de 2005 (IM-HS-05-04), en el cual se anunciaba
la disponibilidad de $15 millones para socorrer a los niños y
familias damnificadas).
Rogamos que remita tal petición de fondos a su Oficina Regional
de ACF, lo antes posible, donde se detallen adecuadamente sus
necesidades para que dicha Oficina comprenda completamente la índole
de su petición.
Los concesionarios que estaban atendiendo a los niños en
instalaciones que fueron dañadas o destruidas por uno de estos
huracanes pueden solicitar fondos de su Oficina Regional para
reparar o reemplazar dichas instalaciones.
Tales peticiones deberían incluir información sobre el tipo de
instalaciones que se estaban usando (p.ej., el número de salones de
clases, pies cuadrados, etc.) y si éstas eran propiedad del
concesionario o arrendadas, información sobre qué fondos se hayan
recibido de FEMA o de compañías de seguros, qué es lo que está
solicitando en concreto (p.ej., reparaciones/nueva construcción), la
índole de dicha nueva instalación (o sea el número de salones de
clases, pies cuadrados que se proponen, etc.) y cualquier otra
información que se requiera por 45 CFR Parte 1309 o solicitada por
su Oficina Regional.
Por favor, incluya en su petición una explicación completa de
cuándo prevé que las familias desplazadas de Head Start vuelvan a su
área. Rogamos que también incluya en dicha explicación cuál es la
información que esté usando para hacer su determinación y, si prevé
que haya menos familias elegibles de Head Start residiendo en su
área de servicio, que antes de los huracanes y cómo dichos cambios
en la población afectarían a su programa.
Los fondos que se otorguen a los concesionarios por cualquiera de
los dos propósitos mencionados serán adjudicados como subvenciones
separadas.
El Head Start Bureau dispensará los requisitos de la cuota no
federal para dichos desembolsos.
Le rogamos que dirija cualquier pregunta acerca de este asunto a
su Oficina Regional.
Frank Fuentes
Director General en
Funciones
Head Start Bureau