|
ACF
Administration for Children and Families
|
U.S. DEPARTMENT
OF HEALTH AND HUMAN
SERVICES
|
| 1. Núm. ACF-PI-HS-08-02 |
2.
Fecha de emisión: 4/14/2008 |
| 3. Oficina originaria: Office of Head Start |
| 4. Palabras clave: Verificación de antecedentes |
INSTRUCCIÓN DEL PROGRAMA:
PARA:
Los concesionarios
y agencias delegadas de Head Start/Early Head Start
TEMA: Verificación de
antecedentes
INSTRUCCIÓN:
Como saben, el 12 de diciembre de 2007, el Presidente firmó una
propuesta de ley reautorizando el Programa Head Start. La sección
648A (g) de la nueva Ley de Head Start requiere que antes de que una
agencia Head Start contrate a una persona, deberá--
(1) entrevistar a esa persona;
(2) verificar las referencias profesionales y personales
provistas por esa persona; y
(3) obtener--
(A) una verificación de los antecedentes penales a nivel
estatal, local, tribal o federal que cubran todas las
jurisdicciones en las que ese concesionario entrega servicios a
niños de Head Start;
(B) una verificación de los antecedentes
penales a nivel estatal, local, tribal y federal, según lo
requiere la ley de la jurisdicción donde el concesionario
entrega servicios de Head Start; o
(C) una verificación de
los antecedentes penales según lo requieran las leyes
federales.
(Estos requisitos son muy parecidos a los
requisitos reglamentarios actuales que figuran en 45 CFR parte
1301.31(b)).
A pesar del nuevo requisito estatutario y el antiguo
requisito reglamentario, Office of Head Start ha comprobado mediante
las revisiones que varios programas Head Start no han verificado los
antecedentes de una parte o todo el personal de Head Start. Se exige
a cada programa Head Start que confirme que se verifican los
antecedentes de todos los empleados de Head Start. Si hay algún
empleado a quien no se le hayan verificado sus antecedentes, el
programa Head Start deberá hacerlo de inmediato. Si se descubre que
algún concesionario Head Start no ha realizado una verificación de
los antecedentes a todos sus empleados permanentes, se designará a
ese concesionario como “deficiente”.
Head Start entrega
servicios a los niños más vulnerables de nuestro país. Por lo tanto,
todos los programas Head Start tienen la obligación y el deber de
garantizar que no se contrate a personas que podrían representar una
amenaza a la seguridad de los niños matriculados, sino que contraten
a las personas más idóneas para trabajar con los niños pequeños y
sus familias.
Rogamos que dirija sus preguntas acerca de esta
Instrucción del Programa a su Oficina Regional de OHS.
/s/
Patricia E. Brown
Directora en
Funciones
Office of Head Start