Solo el funcionario responsable del HHS puede subordinar el interés federal a los derechos de un prestamista o de terceros. Los acuerdos de subordinación deberán estar por escrito y el acuerdo hipotecario o el acuerdo de garantía para el cual se solicita una subordinación, deberá cumplir con §1303.49. Cuando la cantidad de los fondos federales con los que ya se ha contribuido a la instalación exceda el importe proporcionado por el prestamista, en busca de subordinación, el interés federal solo puede estar subordinado si el concesionario puede demostrar que la financiación no está disponible sin subordinación del interés federal.